Acabamos de incrementar el capital de nuestra empresa, pero tenemos la inquietud de si por el hecho de tener accionistas extranjeros debemos reportar ese incremento ante alguna dependencia, ¿podrían ayudarnos?
De acuerdo con los artículos 32 Ley de Inversión Extranjera (LIE) y 38 de su Reglamento, las sociedades mexicanas en las que participe, incluso a través de fideicomiso, la inversión extranjera, deben reportar ante el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE) las variaciones de su capital social.
Sin embargo, solo se tiene la obligación de reportar estos aumentos cuando su monto sea superior a los 20 millones de pesos, conforme a la resolución general por la que se establecen los montos relativos a la actualización de la información y renovación de constancia de inscripción ante el RNIE a que se refieren los artículos 38, 41, 43 y 50 del Reglamento de la LIE. Los avisos se presentarán de forma trimestral dentro de los 10 días hábiles siguientes al final de cada trimestre, comprendidos de enero a marzo, abril a junio, julio a septiembre y octubre a diciembre.